Muchas veces escuchamos decir y nosotros mismos pensamos, que cuando hablamos de Muerte Digna y Eutanasia hablamos de los mismo pero la verdad hay mucha duda en que tengan igual significado.
Unos consideran que la ortotanasia o muerte digna, designa la actuación correcta ante la muerte por parte de quienes atienden al que sufre una enfermedad incurable o en fase terminal. Por extensión se entiende como el derecho del paciente a morir dignamente, sin el empleo de medios desproporcionados y extraordinarios para el mantenimiento de la vida. En este sentido se deberá procurar que ante enfermedades incurables y terminales se actúe con tratamientos paliativos para evitar sufrimientos, recurriendo a medidas razonables hasta que la muerte llegue. Ademas la ortotanasia se distingue de la eutanasia en que la primera nunca pretende deliberadamente el adelanto de la muerte del paciente.
El distinguido Dr. Manuel González Barón es jefe del Servicio de Oncología Médica del Hospital Universitario La Paz y director de la Cátedra de Oncología Médica y Medicina Paliativa de la Universidad Autónoma (Madrid). Sobre la “muerte digna”, González Barón sugiere una descripción que probablemente corresponde a la idea mayoritaria: “Morir sin dolor u otros síntomas mal controlados, morir a su tiempo natural sin que se acorte ni se prolongue de forma artificial el proceso de la muerte, morir rodeado del cariño de la familia y los amigos, morir con la posibilidad de haber sido informado adecuadamente, eligiendo -si se puede- el lugar (domicilio u hospital) y participando en todas las decisiones importantes que le afecten”.
El 25 de noviembre del 2008, el Senado aprobó la ley de “muerte digna” en Mexico , en la cual se establece que un enfermo terminal puede elegir finalizar sus tratamientos extraordinarios, abandonar las instalaciones médicas, y dar paso a una terapia del dolor o de cuidados paliativos, a fin de morir con dignidad. Este dictamen tiene como objetivo evitar lo que se conoce como ensañamiento terapéutico. La “muerte digna” de la que se habla en este proyecto de ley, le da la opción al paciente de elegir quedarse con los cuidados mínimos, así como con una terapia paliativa. No pretende provocar la muerte del enfermo y, por lo tanto, no es eutanasia.
José Carlos Bermejo, religioso camilo y director del Centro San Camilo, afirma lo siguiente: "Ayudar al enfermo terminal a encarar como él desea su propia muerte esta, y no otra, es la auténtica definición de muerte digna. Entendiendo como premisa que la muerte, en sí, nunca es digna, porque es la propia negación del ser. La dignidad de la muerte radica en realidad en la manera en la que cada uno se enfrenta con ella. La eutanasia, por tanto, es quitarle la vida, de forma consciente y voluntaria, a una persona que está en determinadas circunstancias. Prolongarla de forma obstinada, recurriendo a la aplicación de medios extraordinarios e ineficaces, es el extremo opuesto, y se llama encarnizamiento terapéutico."
Hemos tratado de poner diferentes conclusiones de diferentes personas, como un médico, un religioso y un periodista. Pero para nosotros el mas acertado sería el que da el médico, que es un profesional y sabe de este tema. Hay varias versiones y significados de lo que es "Muerte digna" y para cada persona puede significar algo distinto.
Fuentes
Muy interesante. Incita para el debate, especialmente en cuanto a la concepciuón que de 'muerte digna' pueden tener los sujetos que la reclaman ...Muy buena entrada...
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